Las 3 cosas que todo joven que inicia su vida laboral debe entender (guía para dummies)
Una vez usted
termina la universidad y sus prácticas profesionales, de ser el caso, tiene que
pasar por una serie de situaciones que pueden resultar desconocidas y un poco
confusas. ¿Qué tiene que saber?
Ingresar al mundo laboral, en
Colombia, puede resultar algo complicado para muchos. No sólo se empieza
a conocer una realidad para la que muchas de las universidades nunca
los prepararon, sino que implica también sumergirse en el mundo de la
tramitología que va desde lo complejo de entender todo sobre la seguridad
social hasta lo básico de firmar un contrato.
Además, hay que sumar una realidad
bastante fuerte, que es luchar en contra de la tendencia de desempleo juvenil
que, en Colombia, según el Departamento Administrativo Nacional de Estadística,
DANE, son cerca de 1,1 millones de jóvenes colombianos que no tienen empleo
(menores de 29 años), representando la mitad del total de desempleados
del país.
Pero una vez se logra superar la
barrera y se encuentra una oportunidad, hay una serie de trámites que deberán
afrontarse, muchas veces acompañados del consejo de los padres o personas
mayores que “ya conocen el sistema”; pero otras, en las que se encuentra
totalmente solo y no hay suficiente información como para tomar una
decisión adecuada, así que se pueden terminar cometiendo errores.
“Ya firmé”
Uno de los principales
desconocimientos que tienen los jóvenes es sobre el tipo de contrato que
manejan cuando ingresan como parte de una empresa. Inicialmente puede que hayan
sido guiados por la universidad, con un contrato de aprendizaje o de prácticas
profesionales, pero cuando ya son contratados luego de esto o una vez se
gradúan, vienen una serie de términos desconocidos:
- Prestación de servicios: uno de los más comunes
y usados, especialmente, en la fuerza laboral colombiana, pues aquí es
también donde caben no sólo los emprendedores sino también los denominados
“independientes”, que son las personas que se encargan de hacer una labor
específica para una empresa y que, en teoría, no deben asumir horarios ni
mayores responsabilidades más allá de la tarea encargada.
Lo malo, es que usted debe asumir los
pagos de su seguridad social, lo que implica que deberá sacar de lo que le
paguen, aproximadamente un 30% de sus ingresos para pagar su salud, sus aportes
a pensión, su seguro ARL y, si quiere, una afiliación a una caja de
compensación. Así que no se haga muchas ilusiones con un pago alto porque, si
usted no paga su seguridad social, la empresa puede escudarse para tampoco
pagarle hasta no tener el certificado.
Este es uno de los contratos más
comunes, pero los menos queridos por los colombianos, porque implica no recibir
una serie de beneficios que sí se tienen en otros contratos, como cesantías,
vacaciones y dotación.
Le sugerimos
leer “El costo de ser trabajador
independiente”.
- Término fijo: También comunes, son
contratos que tienen más beneficios pero que están establecidos con una
duración determinada. Las empresas pueden usarlo por un caso muy puntual
como, por ejemplo, un reemplazo por una licencia de maternidad o por un
proyecto específico. Entre las características es que no puede ser
superior a tres años pero sí puede ser renovado indefinidamente (como el
de prestación de servicios).
En este caso, quien lo contrata,
asume una parte del pago de su seguridad social (usted asume cerca del 8% del
total), prestaciones sociales (cesantías) y aportes parafiscales. Lo malo es
que tiene un tiempo de caducidad, por lo que puede no tenerse una estabilidad
laboral que le permita hacer sus propios proyectos (como endeudarse para
comprar casa o pedir periodos largos de vacaciones).
- Término indefinido: El anhelado por todas las
personas, porque la empresa se encarga de pagar también parte de su
seguridad social, como en el contrato a término fijo; pero tiene la
ventaja que da una mayor estabilidad a un empleado en tanto que no tiene
que ser renovado. No obstante, eso no significa que no pueda ser
despedido, de hecho, puede suceder: sea por justa o injusta causa. Lo
bueno es que, para el segundo caso, usted recibirá una indemnización que
puede ayudarle a soportar, al menos, un mes mientras consigue trabajo.
“Los pagos que me
hacen”
Esto se refiere al tema de seguridad
social, pues usted, como persona mayor de edad y responsable de su vida, deberá
pagar su propia salud, hacer los aportes a pensión, su aporte para ARL y todo
lo que ello implica. Lo primero es la afiliación: es necesario que no se deje
presionar y tome una decisión adecuada para escoger las entidades que lo
atenderán según sus necesidades.
La mayoría de jóvenes continúan con
la misma EPS que estaban con sus padres pero, lo que muchos no saben es que
para poder acceder a una medicina prepagada (opción que dan algunas
empresas), deberán cotizar a una EPS determinada; por lo que es bueno
que se informe con su empleador antes de tomar la decisión. Lo mismo puede
llegar a pasar en el caso de pensiones, ya que muchos no saben qué es eso y se
dejan aconsejar cotizando al Régimen de Prima Media o Colpensiones, cuando un
joven que inicia su vida laboral debe hacer sus aportes a un fondo de pensiones
o del régimen de ahorro solidario.
Ahora, hay otro tema que tienen que
tener en cuenta: en caso de que sea independiente y se demore en hacer los
pagos, no solamente puede no recibir los correspondientes a su trabajo, sino
que las entidades no le prestarán el servicio, lo que sucede mucho con las EPS
y, para “colmo de males”, también entrará “en mora”, lo que significa que
empezarán a hacerle los cobros hasta que usted pague o, sea el caso, dé el
anuncio correspondiente a las entidades que está afiliado, que no va a cotizar
más.
Y si cambia de contrato, la cosa se puede complicar “¿Y
ahora qué, si pasa de independiente a empleado?”.
Pensiones
Como ya lo hemos mencionado
previamente en un artículo, un joven adulto debe cotizar en un fondo de
pensiones. Pero esto no implica, solamente, que deba afiliarse y ya, pues la
responsabilidad con su futuro va mucho más allá de eso: debe revisar que
realmente se registren los pagos, que sean por el valor de su salario y que, si
es su caso, verifique que la empresa sí ha pagado.
Esto, lo que traduce, es que cada
tres meses, desde que empieza a cotizar, va a recibir un extracto con
su historia laboral, al que debe hacerle un seguimiento para que, cuando en
30 años se vaya a pensionar, no sea uno de los miles de colombianos que hoy
tienen problemas porque “las semanas no aparecen”, es decir, no les hicieron
las cotizaciones y ahora deberán trabajar más.
Ahora, lo otro que debe saber cómo
joven, es que tiene que cotizar al fondo de mayor riesgo, es decir que su
dinero será invertido en más acciones que en activos “conservadores”, con el
fin de que logre una mayor rentabilidad y, con ello, haga un mayor ahorro.
http://www.finanzaspersonales.com.co/ahorro-e-inversion/articulo/empezar-a-trabajar/60168
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