FONDO SAPIENCIA CON RECURSOS
DE PRESUPUESTO PARTICIPATIVO
Apoyar el
acceso y la permanencia en la educación superior de los habitantes de Medellín,
con recursos de Presupuesto Participativo, a través de créditos que se condonan
cumpliendo con servicio social y obteniendo el título profesional, para la
financiación parcial o total de los estudios de pregrado en los niveles de
técnica profesional, tecnología y universitarios en instituciones de educación
superior registrados en el Sistema Nacional de Información (SNIES) del
Ministerio de Educación.
No es una beca.
No es una beca.
A esta
convocatoria podrán inscribirse los habitantes de todas las comunas y
corregimientos de Medellín
Modalidad y
montos de financiación
El fondo
financia de acuerdo con la modalidad del crédito escogida, siempre que exista
disponibilidad presupuestal, los siguientes valores:
Matrícula:
Se asignará un valor semestral o su equivalente, de acuerdo con el período
académico, hasta cuatro (4) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes, los
cuales serán girados directamente a la Institución de Educación Superior.
Sostenimiento
Se asignará
de manera semestral, dirigido a los beneficiarios que pertenecen al estrato 1,
2 y 3 con puntaje de cero (0) a noventa (90) en la versión tres (3) del SISBEN.
Este monto no podrá superar los dos (2) SMMLV.
La suma de
las modalidades asignadas (matrícula y/o sostenimiento) no podrá superar los
cuatro (4) SMMLV.
Requisitos
habilitantes e impedimentos para acceder al crédito
HABILITANTES
Haber nacido
o estar residenciado mínimo los últimos cinco (5) años en el Municipio de
Medellín y tres (3) años en la Comuna o Corregimiento por la cual aplica.
En el caso
de personas vinculadas a programas de desplazamiento, víctimas del conflicto
armado, poblaciones afrocolombianas o indígenas, el tiempo exigible de
residencia en el Municipio de Medellín será de tres (3) años y dos (2) años en
la comuna o corregimiento.
§ Poseer
título de bachiller y haber presentado las pruebas de Estado Saber 11 o la que
haga sus veces.
§ Que la
comuna o corregimiento hubiese priorizado recursos para la respectiva
convocatoria.
§ Estar
estudiando, admitido o en proceso de admisión en una IES.
§ No poseer
título de técnico profesional, tecnólogo, licenciado o profesional
universitario, se exceptúa el caso de los técnicos profesionales y tecnólogos
que estén admitidos para complementar el ciclo universitario en la misma área.
IMPEDIMENTOS
No podrán ser
elegibles para ingresar al programa
§ Quienes
posean título universitario, excepto si el título es de técnico profesional o
tecnólogo y aspira continuar los estudios universitarios bajo la modalidad de
ciclos propedéuticos u homologación en las condiciones descritas en el presente
reglamento.
§
Quienes reciban otro apoyo en la modalidad de crédito condonable
con recursos Públicos.
§ Quienes
hubiesen sido beneficiarios de programas de financiación que ofrece el
Municipio para el acceso y/o permanencia a la educación en nivel de pregrado y
a la fecha de la apertura de la convocatoria a la que aspire, adeuden alguna
suma de dinero a cualquiera de dichos programas.
Se exceptúan
quienes se postulen para profesionalización a través de ciclos complementarios
u homologación, para la financiación de periodos adicionales condonables o para
la adición de modalidades de crédito; los cuales se sujetarán a los términos
del reglamento operativo del programa.
CONDICIONES ESPECIALES PARA CICLOS
COMPLEMENTARIOS U HOMOLOGACIÓN
SAPIENCIA
podrá asignar créditos condonables para la continuación de estudios por ciclos
complementarios u homologación (por reconocimiento total del título u
homologación de un porcentaje igual o mayor al 90% de los créditos académicos),
en los casos en los que el beneficiario haya finalizado su ciclo o carrera
técnica profesional o tecnológico y desee continuar bajo esa modalidad, siempre
que cumpla con los siguientes requisitos además de las reglas generales que no
sean excluyentes:
§ Postularse
en una nueva convocatoria para efectos de la asignación del recurso.
§ No haber
realizado ningún cambio de programa o universidad financiado por el fondo.
§ Tener
promedio acumulado de la técnica o tecnología igual o superior a 3,5.
§ Haber sido
admitido por modalidad de ciclo complementario o reconocimiento total del
título o que se le hubiese reconocido un porcentaje de créditos igual o
superior al 90% de la carrera técnica profesional o tecnológica.
CRITERIOS DE
SELECCIÓN
Una vez
finalizada la convocatoria, la calificación se hará a partir de los criterios
de selección establecidos en el Reglamento, asignando los cupos de mayor a
menor, otorgando los créditos de acuerdo al presupuesto disponible en cada
comuna o corregimiento, garantizando el cubrimiento de toda la cohorte. En este
proceso se determina un punto de corte para cada territorio, a partir del cual
se preselecciona o niega el ingreso al Fondo.
Los
siguientes son los criterios de calificación:
Los
siguientes son los criterios de calificación:
1.
CLASIFICACIÓN SISBÉN VERSIÓN III DE MEDELLÍN
2. MÉRITO ACADÉMICO
a. Pruebas de estado: La calificación en las
pruebas de estado aplica para quienes vayan a iniciar o se encuentre cursando
el primero o segundo semestre de sus estudios de pregrado.
b. Promedio total acumulado de notas:
el promedio total acumulado de notas aplica para quienes hayan culminado mínimo
los dos (2) primeros semestres del programa de pregrado al momento de la
inscripción o estén cursando el tercer (3) semestre en adelante.
3.
INSTITUCIÓN EDUCATIVA DE DONDE EGRESA
4. TIPO
DE INSTITUCIÓN DE EDUCACION SUPERIOR A LA QUE ASPIRA
5. MODALIDAD
DE PROGRAMA AL QUE ASPIRA
6.
RELACIÓN DEL PROGRAMA CON CLÚSTERS ESTRATÉGICOS
7.
CRITERIOS DE CALIDAD DE LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA A LA QUE ASPIRA
8.
CONTINUIDAD DE EDUCACIÓN MEDIA - SUPERIOR
9.
PUNTUACIÓN ESPECIAL
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